Si alquilas una vivienda a empresas, es importante conocer los gastos deducibles del alquiler para optimizar la carga fiscal y reducir la base imponible.
No todos los gastos relacionados con el alquiler corporativo son deducibles, y es fundamental saber cuáles puedes incluir, cómo justificarlos y qué documentación necesitas. En este artículo, te explicamos los gastos deducibles del alquiler corporativo para propietarios.
¿Qué dice la Ley sobre los gastos deducibles del alquiler?
En cualquier contrato de arrendamiento, existen dos partes: el propietario (arrendador) y el inquilino (arrendatario). La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece la obligación de declarar las rentas obtenidas por el alquiler, pero también permite deducciones específicas.
Gastos deducibles del alquiler para propietarios de inmuebles
Según la Agencia Tributaria, los propietarios pueden deducir los gastos necesarios para obtener ingresos por el alquiler, así como los gastos derivados del deterioro del inmueble. Los gastos más comunes que se pueden deducir son:
Intereses hipotecarios
Si el propietario tiene un préstamo hipotecario asociado a la compra o mejora de la vivienda alquilada, puede deducir los intereses que paga por ese préstamo.
Ejemplo: si la hipoteca de la vivienda implica un pago mensual de 700 €, pero 300 € corresponden a intereses, únicamente esa cantidad (300 €) será deducible.
Importante: solo se pueden deducir los intereses, no el capital amortizado del préstamo.
Reparaciones y mantenimiento
Son deducibles los gastos derivados de trabajos necesarios para conservar la vivienda en buenas condiciones habitables. Se dividen en:
- Reparaciones menores: solucionar averías de fontanería, electricidad, calefacción, carpintería, etc.
- Mantenimiento periódico: revisiones de calderas, limpieza de conductos de aire acondicionado, pintura, arreglo de tejados, etc.
- Reparaciones mayores: sustitución de una instalación defectuosa o reforma parcial de alguna parte de la vivienda.
Exclusión: no se consideran deducibles las mejoras estructurales que incrementen el valor de la vivienda, como una ampliación del inmueble o una reforma que incremente su precio de mercado.
Impuestos y tasas
El propietario puede deducir los impuestos y tasas asociados a la vivienda alquilada, siempre que corran a su cargo:
- IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): es el impuesto anual que pagan los propietarios por el inmueble.
- Tasas municipales: incluye la tasa de recogida de basuras, alcantarillado o cualquier otro impuesto local relacionado con el inmueble.
Ejemplo: si el IBI anual es de 450 € y la tasa de basuras asciende a 100 €, se podrán deducir los 550 € totales.
Cuotas de comunidad
Las cuotas mensuales de la comunidad de propietarios son deducibles si las paga el arrendador. Esto incluye:
- Servicios de limpieza y mantenimiento de zonas comunes.
- Honorarios del administrador de fincas.
- Gastos de ascensor, jardinería o seguridad.
Ejemplo: Si la cuota de comunidad es de 150 € al mes, el propietario puede deducir 1.800 € anuales por este concepto.
Seguros asociados
Los seguros vinculados a la protección de la vivienda alquilada también son deducibles:
- Seguro de responsabilidad civil: cubre daños ocasionados a terceros por incidentes relacionados con la vivienda.
- Seguro de incendios: protege la vivienda en caso de siniestros relacionados con el fuego.
- Seguro de contenido: cubre los bienes muebles (electrodomésticos, mobiliario, etc.) dentro del inmueble.
Amortización del inmueble
La amortización refleja la depreciación del valor del inmueble con el paso del tiempo. Los propietarios pueden deducir:
- Hasta el 3% del mayor valor entre el precio de adquisición (incluidos impuestos) o el valor catastral.
Ejemplo: si el valor de adquisición de la vivienda es de 150.000 € y el valor catastral es de 120.000 €, se aplicará el 3% sobre 150.000 €, resultando en una deducción de 4.500 € anuales.
Amortización del mobiliario y enseres
Si el propietario ha amueblado la vivienda, puede deducir un 10% anual del valor de los muebles y electrodomésticos durante los 10 primeros años tras la compra.
Ejemplo: si los muebles y electrodomésticos tienen un valor total de 5.000 €, se podrá deducir 500 € al año durante 10 años.
Suministros
En los casos en que el propietario asuma el pago de suministros (agua, electricidad, gas, internet), estos gastos también son deducibles.
Ejemplo: si el propietario paga 50 € mensuales de agua y 70 € de electricidad, podrá deducir 1.440 € anuales.
Defensa jurídica y servicios externos
Incluye los gastos relacionados con servicios profesionales necesarios para gestionar la vivienda alquilada:
- Honorarios de abogados: en caso de reclamaciones judiciales, como impagos del alquiler.
- Agentes inmobiliarios: gastos derivados de la contratación de profesionales para buscar inquilinos o gestionar el alquiler.
Certificación energética
El certificado de eficiencia energética es obligatorio para alquilar una vivienda. El coste de obtenerlo es deducible como un gasto necesario.
Ejemplo: si el certificado cuesta 200 €, esa cantidad se puede incluir como gasto deducible.
Criterios generales para la deducibilidad
Para que un gasto relacionado con un alquiler corporativo sea deducible, debe cumplir los siguientes criterios:
- Justificación documental: es imprescindible contar con la factura correspondiente y cualquier otro documento que acredite el pago.
- Realidad económica: el gasto debe haber sido efectivamente realizado y no ser una simulación.
Documentación necesaria para justificar los gastos
Para poder deducir un gasto en tu declaración de la renta y justificar que es deducible, es fundamental contar con la documentación adecuada. Esta documentación servirá como prueba ante la Administración Tributaria y te permitirá demostrar la realidad y cuantía de los gastos incurridos.
¿Qué documentación necesitas?
- Facturas: son el documento más importante. Deben incluir los siguientes datos:
- Número y serie: identifica de manera única la factura.
- Fecha de emisión: indica cuándo se emitió el documento.
- Descripción detallada del bien o servicio: debe ser lo suficientemente clara para identificar el gasto.
- Cantidad: indica la cantidad de bienes o servicios adquiridos.
- Precio unitario e importe total: refleja el coste del bien o servicio.
- NIF del emisor y del receptor: identifica a las partes implicadas en la transacción.
- En Homyspace proporcionamos la factura de nuestro servicio para cada reserva de alojamiento temporal. Estas facturas están siempre disponibles y accesibles desde nuestra plataforma para que puedas consultarlas o descargarlas en cualquier momento.
- Tickets: en algunos casos, los tickets pueden servir como justificante, especialmente para gastos menores. Sin embargo, es recomendable solicitar factura siempre que sea posible, ya que ofrecen una mayor información y son más válidos a efectos fiscales.
- Contratos: los contratos de alquiler, de mantenimiento, de seguros, etc., son fundamentales para demostrar la existencia de una relación contractual y el compromiso de realizar pagos.
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- En Homyspace también nos encargamos de generar y gestionar los contratos de alquiler y quedan almacenados en la plataforma para que puedas acceder a ellos cuando lo necesites, garantizando una gestión más ordenada y segura.
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- Justificantes bancarios: los extractos bancarios, las transferencias o los recibos de pago acreditan que se ha efectuado el pago del gasto.
- Recibos de domiciliación: si los pagos se realizan mediante domiciliación bancaria, los recibos de domiciliación pueden servir como justificante.
- Otros documentos: en función del tipo de gasto, pueden ser necesarios otros documentos adicionales, como garantías, certificados, etc.
¿Qué requisitos deben cumplir los documentos?
- Originalidad: se deben presentar los originales de los documentos, no fotocopias.
- Completitud: los documentos deben estar completos y contener toda la información requerida.
- Legibilidad: la información contenida en los documentos debe ser clara y legible.
- Contemporaneidad: los documentos deben estar fechados dentro del periodo impositivo correspondiente.
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