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Si quieres alquilar tu piso por temporadas a empresas, inscribirte en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores es un requisito obligatorio, ya que deberás emitir factura en concepto de los pagos por el arrendamiento. De esta manera, estas tienen un comprobante legal de estos gastos y puedan declarar el IVA correspondiente en la declaración de impuestos.

Para ello, deberás darte de alta en este censo presentando el modelo de declaración disponible en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Existen dos modelos que puedes presentar:

  • El modelo 037, es el simplificado ya que sólo consta de tres páginas. Puedes presentar este modelo si ya tienes asignado un NIF y resides en el domicilio fiscal donde vas a presentar la solicitud.
  • El modelo 036, se deberá presentar en caso de tener unas características específicas como no residir en España, actuar bajo representante o no tengan asignado un NIF -entre otras-. Es más extenso y con más opciones para aquellos que lo necesiten.

El procedimiento para darse de alta es muy sencillo y rápido:

  • Cumplimenta el modelo 037 , que también puede presentarse por Internet con certificado electrónico o clave PIN, o el modelo 036 en el otro caso.
  • Si lo vas a presentaren papel, debes imprimir el modelo cumplimentado y descargado de la web de la AEAT y entregarlo en la agencia tributaria correspondiente a tu domicilio fiscal. También puedes enviarlo por correo certificado si no quieres desplazarte hasta allí.
  • Una vez iniciado el trámite, se te informará de la resolución del mismo en un plazo medio de tres meses.
  • Una vez te hayan informado de la resolución del alta en el censo, también tendrás la posibilidad de realizar subsanación de datos o alegaciones en un plazo de diez días desde dicha fecha.

Como ves, se trata de un paso necesario pero sencillo para poder comenzar a obtener ingresos por el alquiler de tu vivienda. Si preparas los datos necesarios y estableces el método de envío de la solicitud más rápido, puedes incluso hacerlo en un mismo día.

Si tienes más dudas sobre cómo llevar a cabo este procedimiento o quieres más información, ponte en contacto con Homyspace y te ayudaremos!

2 Comments

  • Óscar dice:

    En cuanto a la inscripción en el censo de empresarios para poder emitir factura, con IVA desglosado, entiendo que al cobrar ese iva luego habrá que hacer las pertinentes declaraciones trimestrales y anual del iva. Es esto correcto??
    Gracias

  • Amparo Beltrán Nicolas dice:

    Buenas tardes ,Es obligado para poder publicar el apartamento , estar inscrito en el censo de empresarios .?

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