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Alquilar una vivienda a una empresa para que esta la utilice como residencia de sus empleados es una opción que ha ganado popularidad en los últimos años, especialmente en sectores como el tecnológico o el industrial, donde los desplazamientos o las estancias temporales son frecuentes. Sin embargo, muchos propietarios tienen dudas sobre cómo deben tributar en este tipo de arrendamientos, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). 

En este artículo te explicamos cómo tributar en estos casos, actualizando la información relevante sobre el alquiler vivienda a empresa para sus empleados.

IRPF: reducción del 60% en los rendimientos del arrendamiento

Cuando una persona física alquila una vivienda a una empresa, sí puede beneficiarse de la reducción del 60% en los rendimientos obtenidos por el alquiler, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Esta reducción es aplicable solo a los ingresos generados por el arrendamiento de viviendas, y el propietario puede tributar solo por el 40% de los ingresos netos, es decir, después de descontar los gastos deducibles.

¿Cuáles son los requisitos para aplicar esta reducción?

  • El arrendamiento debe destinarse a uso exclusivamente residencial.
  • Aunque el arrendatario sea una persona jurídica (una empresa), el destino de la vivienda debe ser para una persona física concreta, es decir, un empleado de la empresa debe ocupar la vivienda.
  • Es importante que en el contrato de arrendamiento figure de manera específica el nombre y apellidos del empleado que residirá en la vivienda, ya que esto asegura que se trata de un alquiler destinado a vivienda habitual y no a otro tipo de uso.

Esta reducción solo se aplica a alquileres destinados a vivienda habitual (contratos de duración superior a 1 año). En este contexto, debe aclararse que este beneficio fiscal no es aplicable a los alquileres temporales o de corta estancia, como los que Homyspace facilita a empresas para sus empleados. Es decir, cuando se trata de arrendamientos temporales, la reducción del 60% en el IRPF no es válida. 

IVA: exención en alquiler de vivienda habitual

En cuanto al IVA, la normativa establece que, en general, los alquileres de viviendas están exentos de IVA, siempre que se destinen exclusivamente a vivienda. Este principio sigue aplicándose aunque el arrendatario sea una empresa, siempre que la vivienda se utilice efectivamente como residencia de uno de sus empleados. Sin embargo, para que la exención se mantenga, es fundamental cumplir con ciertos requisitos.

¿Cuáles son los requisitos para la exención del IVA en el alquiler a empresas para empleados?

  • Uso exclusivo como vivienda: el inmueble debe ser arrendado exclusivamente como vivienda, sin ningún otro uso comercial o profesional.
  • Identificación del ocupante: es necesario que el contrato de arrendamiento especifique de manera clara y explícita los nombres y apellidos del empleado que residirá en la vivienda. No basta con poner “para uso de los empleados de la empresa”; debe figurar un nombre concreto.
  • Prohibición de subarrendar: el contrato debe prohibir expresamente que el arrendatario (la empresa) subarriende la vivienda o la ceda a terceros, ya que el uso del inmueble debe estar destinado exclusivamente al empleado designado.

Si el contrato cumple con estos requisitos, el arrendamiento estará exento de IVA. Si no se cumple alguno de estos puntos, como que el arrendatario ceda el inmueble a otra persona (por ejemplo, a un subarrendatario), el alquiler dejará de estar exento y será necesario repercutir el IVA correspondiente.

¿Qué ocurre si se realiza un subarrendamiento?

Si una empresa decide subarrendar la vivienda a sus empleados o a cualquier otra persona, el arrendamiento dejaría de estar exento de IVA. El Tribunal Económico-Administrativo Central  (TEAC) establece que el arrendamiento está exento solo si el uso es directamente para vivienda del empleado identificado en el contrato. En caso contrario, si se subarrienda la vivienda a otras personas, se consideraría una actividad comercial y estaría sujeta al 21% de IVA.

Es por ello que los propietarios deben asegurarse de que el contrato de arrendamiento con la empresa prohíba cualquier tipo de subarrendamiento y que se identifique a la persona o personas que ocuparán el inmueble.

Ventajas fiscales por alquilar vivienda a empresa para sus empleados

Además de la exención de IVA, existen otras ventajas fiscales al alquilar vivienda a empresa para sus empleados. En términos generales, los propietarios pueden disfrutar de los siguientes beneficios:

  • Reducción de los ingresos netos: en IRPF, los propietarios pueden deducir los gastos asociados al alquiler, lo que reduce la base imponible y, por lo tanto, la cantidad a tributar.

¿Cómo garantizar el cumplimiento de los requisitos legales?

El alquiler de vivienda a una empresa para sus empleados puede ser una opción rentable y ventajosa desde el punto de vista fiscal, siempre que se respeten los requisitos establecidos por la ley. Para beneficiarte de la exención de IVA, es fundamental que el contrato de arrendamiento esté correctamente redactado y cumpla con todos los requisitos legales. Asegúrate de que el contrato incluya detalles clave como el uso exclusivo residencial, la identificación de la persona física que ocupará la vivienda y la prohibición de subarrendar.

El hecho de tener un contrato bien estructurado no solo garantizará la correcta aplicación de los beneficios fiscales, sino que también evitará posibles disputas con la empresa arrendataria. Además, es recomendable que los propietarios revisen periódicamente el contrato, especialmente si hay cambios en la normativa fiscal, para asegurarse de que todo sigue conforme a la ley.

Por otro lado, la asesoría fiscal juega un papel crucial en estos arrendamientos. Un asesor fiscal especializado puede orientarte sobre los aspectos más complejos, como la correcta declaración de ingresos y deducciones, además de asegurarse de que no se pase por alto ningún detalle en la aplicación del IVA. Consultar con un experto puede hacer la diferencia entre aprovechar al máximo las ventajas fiscales o incurrir en errores costosos.